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AYUDAS PARA LA TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS.
¿QUIEN LA PUEDE SOLICITAR?
Personas físicas y jurídicas, que ejerzan y asuman
las actividades de transformación y comercialización
de productos agrícolas en Andalucía y sean responsables
finales de la financiación de inversiones y titulares de
Microempresas, Pequeñas y Medianas Empresas o Grandes Empresas.
Quedan excluidas las sociedades civiles, comunidades de bienes.
PROYECTOS Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
Proyectos subvencionables:
- Mejora o racionalización de los procedimientos de manipulación
y transformación de productos agrícolas y de los
canales de comercialización.
- Mejora del acondicionamiento y la presentación de los
productos agrícolas y el fomento de un mejor uso de los
subproductos o eliminación de los residuos generados en
los distintos procesos productivos del sector, así como
reducción de residuos y emisiones de CO2.
- Aplicación de nuevas tecnologías y el fomento
de las inversiones innovadoras.
- Mejora y control de la calidad y de las condiciones sanitarias.
- Protección del medio ambiente fomentando la adaptación
ambiental.
En las inversiones en establecimientos fabriles y en centros de
manipulación de productos agrícolas serán subvencionables
los siguientes proyectos de inversión:
- Los relativos a la creación de nuevos establecimientos,
concretamente las inversiones que den origen a la iniciación
de una actividad empresarial.
- Los proyectos de ampliación, modernización o modificación,
y en particular las inversiones que supongan la ampliación
de un establecimiento existente o el lanzamiento de una actividad
que implique un cambio fundamental en el producto o en el proceso
de producción de un establecimiento existente mediante
su racionalización, reestructuración o modernización.
Gastos subvencionables:
- Gastos de la construcción y adquisición de bienes
inmuebles. No obstante, la adquisición de terrenos sólo
se subvencionará hasta el 10% de la inversión subvencionable,
y siempre cuando estén ubicados en Parques Agroalimentarios
y Tecnoalimentarios de Andalucía.
- Gastos de la adquisición e instalación de equipos
y maquinaria nuevos, incluidos los informáticos que formen
parte de la automatización de procesos.
- Gastos generales, tales como honorarios de arquitecto, ingeniero
y consultores, estudios de viabilidad, asistencias técnicas,
adquisición de patentes y licencias, podrán ser
subvencionados hasta un límite del 12% de la inversión
subvencionada.
TIPO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
- Microempresa. Menos de 10 trabajadores, volumen de negocios
anual o balance general no supera los 2 millones de euros. 50%
de la inversión subvencionable.
- Pequeña empresa. Menos de 50 trabajadores, volumen de
negocios anual o balance general no supera los 10 millones de
euros. 50% de la inversión subvencionable.
- Mediana empresa. Menos de 250 trabajadores, volumen de negocios
anual no exceda 50 millones de euros o balance general no supera
los 43 millones de euros. 50% de la inversión subvencionable.
- Gran empresa. Menos de 750 trabajadores o volumen de negocios
anual inferior a 250 millones de euros. 50% de la inversión
subvencionable.
Asimismo, sin sobrepasar los porcentajes establecidos, para aquellos
proyectos que incorporen inversiones en el sector de la producción
ecológica, se podrá conceder una subvención
adicional para la inversión referida a ese sector. Este porcentaje
adicional se aplicará únicamente a la parte de la
inversión que puede ser imputada como ecológica.
REQUISITOS
- 1. Las inversiones no deberán haber comenzado antes de
que:
- Se haya levantado la correspondiente acta de no inicio por
la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura
y Pesca de la provincia donde se vayan a realizar las inversiones.
- Que la citada Delegación haya confirmado por escrito
que, sujeto al resultado final de una verificación detallada,
el proyecto cumple en principio las condiciones de subvencionalidad
establecidas en el régimen de ayudas.
- Las industrias en las que se proyecten las inversiones deberán
estar inscritas en el Registro de Industrias Agroalimentarias
de Andalucía, en el caso de instalaciones existentes. Los
proyectos de inversión deberán cumplir las normas
mínimas sobre higiene y bienestar animal si procede, y
deberán cumplir con los requisitos ambientales a que estuviera
sometida la actividad de acuerdo con lo establecido en la Ley
7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental.
- Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía
de 30.000 euros en el supuesto de ejecución de obra, o
de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo
o prestación de servicios por empresas de consultoría
o asistencia técnica, la persona beneficiaria deberá
solicitar como mínimo tres ofertas de distintos proveedores,
con carácter previo a contraer el compromiso para la prestación
del servicio o entrega del bien.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
- Acreditación de la personalidad. Cuando se trate de persona
física, DNI de la persona. Cuando se trate de persona jurídica,
CIF de la entidad.
- Escritura de constitución y estatutos de la sociedad,
así como las modificaciones ulteriores debidamente inscritas
en el Registro correspondiente.
- Documentación acreditativa de la representación:
- Documentación relativa a la actividad o proyecto para
el que se solicita la subvención.
- Anexo 2 que contiene información general, económica,
financiera, social y comercial de la empresa. Además en
ese anexo se contiene la información técnica que
incluirá una memoria descriptiva de la actividad a desarrollar,
resumen de inversiones, facturas proforma o presupuestos de las
adquisiciones, contrataciones o gastos que se desean realizar
y por cuya razón se solicita la subvención correspondiente,
así como contratos de arrendamiento, compraventa o cualquier
otro que justifique, en su caso, la solicitud efectuada. Asimismo
se adjuntará la documentación indicada en dicho
Anexo 2.
- Acreditación de la viabilidad económica de la
inversión proyectada en el caso de nuevas instalaciones.
En el caso de instalaciones existentes copia de los balances y/o
auditorias, en caso de que estén obligados a ellas, de
los tres últimos años.
- Documentos acreditativos de la disponibilidad del terreno, o
contrato de arrendamiento con un mínimo de cinco años.
- Acreditación del cumplimiento de los requisitos ambientales
a que estuviera sometida la actividad de acuerdo con lo establecido
en la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental,
mediante la presentación del correspondiente informe previo
de viabilidad ambiental de la Consejería de Medio Ambiente.
- Anexo 1 con declaraciones responsables y autorizaciones.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
Hasta el 8 de julio de 2007. La solicitud, anexos y programa informático
se pueden descargar en el siguiente enlace de la Consejería
de Agricultura y Pesca: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/opencms/
portal/DGIndustrias/Ayudas/TRANSFORMA?entrada=servicios&servicio=170
Las solicitudes se presentarán en el registro de la Delegación
Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca, situada
en la Cl. Isabel la Católica, 13 de Cádiz.
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL
Consejería de Agricultura y Pesca.
Orden
de 25 de abril de 2007 (BOJA nº 90 de 8 de mayo).
Rev.: 0
Fecha: 28/06/2007
Nombre: TRANSFORMACION Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS AGRICOLAS.doc
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