AYUDAS PARA LA TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS.

¿QUIEN LA PUEDE SOLICITAR?

Personas físicas y jurídicas, que ejerzan y asuman las actividades de transformación y comercialización de productos agrícolas en Andalucía y sean responsables finales de la financiación de inversiones y titulares de Microempresas, Pequeñas y Medianas Empresas o Grandes Empresas.

Quedan excluidas las sociedades civiles, comunidades de bienes.

PROYECTOS Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

Proyectos subvencionables:

  1. Mejora o racionalización de los procedimientos de manipulación y transformación de productos agrícolas y de los canales de comercialización.
  2. Mejora del acondicionamiento y la presentación de los productos agrícolas y el fomento de un mejor uso de los subproductos o eliminación de los residuos generados en los distintos procesos productivos del sector, así como reducción de residuos y emisiones de CO2.
  3. Aplicación de nuevas tecnologías y el fomento de las inversiones innovadoras.
  4. Mejora y control de la calidad y de las condiciones sanitarias.
  5. Protección del medio ambiente fomentando la adaptación ambiental.

En las inversiones en establecimientos fabriles y en centros de manipulación de productos agrícolas serán subvencionables los siguientes proyectos de inversión:

  • Los relativos a la creación de nuevos establecimientos, concretamente las inversiones que den origen a la iniciación de una actividad empresarial.
  • Los proyectos de ampliación, modernización o modificación, y en particular las inversiones que supongan la ampliación de un establecimiento existente o el lanzamiento de una actividad que implique un cambio fundamental en el producto o en el proceso de producción de un establecimiento existente mediante su racionalización, reestructuración o modernización.

Gastos subvencionables:

  • Gastos de la construcción y adquisición de bienes inmuebles. No obstante, la adquisición de terrenos sólo se subvencionará hasta el 10% de la inversión subvencionable, y siempre cuando estén ubicados en Parques Agroalimentarios y Tecnoalimentarios de Andalucía.
  • Gastos de la adquisición e instalación de equipos y maquinaria nuevos, incluidos los informáticos que formen parte de la automatización de procesos.
  • Gastos generales, tales como honorarios de arquitecto, ingeniero y consultores, estudios de viabilidad, asistencias técnicas, adquisición de patentes y licencias, podrán ser subvencionados hasta un límite del 12% de la inversión subvencionada.

TIPO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS

  1. Microempresa. Menos de 10 trabajadores, volumen de negocios anual o balance general no supera los 2 millones de euros. 50% de la inversión subvencionable.
  2. Pequeña empresa. Menos de 50 trabajadores, volumen de negocios anual o balance general no supera los 10 millones de euros. 50% de la inversión subvencionable.
  3. Mediana empresa. Menos de 250 trabajadores, volumen de negocios anual no exceda 50 millones de euros o balance general no supera los 43 millones de euros. 50% de la inversión subvencionable.
  4. Gran empresa. Menos de 750 trabajadores o volumen de negocios anual inferior a 250 millones de euros. 50% de la inversión subvencionable.

Asimismo, sin sobrepasar los porcentajes establecidos, para aquellos proyectos que incorporen inversiones en el sector de la producción ecológica, se podrá conceder una subvención adicional para la inversión referida a ese sector. Este porcentaje adicional se aplicará únicamente a la parte de la inversión que puede ser imputada como ecológica.

REQUISITOS

  1. 1. Las inversiones no deberán haber comenzado antes de que:
    • Se haya levantado la correspondiente acta de no inicio por la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca de la provincia donde se vayan a realizar las inversiones.
    • Que la citada Delegación haya confirmado por escrito que, sujeto al resultado final de una verificación detallada, el proyecto cumple en principio las condiciones de subvencionalidad establecidas en el régimen de ayudas.

  2. Las industrias en las que se proyecten las inversiones deberán estar inscritas en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía, en el caso de instalaciones existentes. Los proyectos de inversión deberán cumplir las normas mínimas sobre higiene y bienestar animal si procede, y deberán cumplir con los requisitos ambientales a que estuviera sometida la actividad de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental.

  3. Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el supuesto de ejecución de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de distintos proveedores, con carácter previo a contraer el compromiso para la prestación del servicio o entrega del bien.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

  • Acreditación de la personalidad. Cuando se trate de persona física, DNI de la persona. Cuando se trate de persona jurídica, CIF de la entidad.
  • Escritura de constitución y estatutos de la sociedad, así como las modificaciones ulteriores debidamente inscritas en el Registro correspondiente.
  • Documentación acreditativa de la representación:
  • Documentación relativa a la actividad o proyecto para el que se solicita la subvención.
  • Anexo 2 que contiene información general, económica, financiera, social y comercial de la empresa. Además en ese anexo se contiene la información técnica que incluirá una memoria descriptiva de la actividad a desarrollar, resumen de inversiones, facturas proforma o presupuestos de las adquisiciones, contrataciones o gastos que se desean realizar y por cuya razón se solicita la subvención correspondiente, así como contratos de arrendamiento, compraventa o cualquier otro que justifique, en su caso, la solicitud efectuada. Asimismo se adjuntará la documentación indicada en dicho Anexo 2.
  • Acreditación de la viabilidad económica de la inversión proyectada en el caso de nuevas instalaciones. En el caso de instalaciones existentes copia de los balances y/o auditorias, en caso de que estén obligados a ellas, de los tres últimos años.
  • Documentos acreditativos de la disponibilidad del terreno, o contrato de arrendamiento con un mínimo de cinco años.
  • Acreditación del cumplimiento de los requisitos ambientales a que estuviera sometida la actividad de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, mediante la presentación del correspondiente informe previo de viabilidad ambiental de la Consejería de Medio Ambiente.
  • Anexo 1 con declaraciones responsables y autorizaciones.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

Hasta el 8 de julio de 2007. La solicitud, anexos y programa informático se pueden descargar en el siguiente enlace de la Consejería de Agricultura y Pesca: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/opencms/
portal/DGIndustrias/Ayudas/TRANSFORMA?entrada=servicios&servicio=170

Las solicitudes se presentarán en el registro de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca, situada en la Cl. Isabel la Católica, 13 de Cádiz.

ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL

Consejería de Agricultura y Pesca.
Orden de 25 de abril de 2007 (BOJA nº 90 de 8 de mayo).

Rev.: 0
Fecha: 28/06/2007
Nombre: TRANSFORMACION Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS AGRICOLAS.doc

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