AYUDAS PARA MANIPULACIÓN,TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS ECOLÓGICOS.

¿QUIEN LA PUEDE SOLICITAR?

Personas físicas o jurídicas, o sus agrupaciones, que ejerzan actividades de manipulación, transformación y comercialización de productos agroalimentarios.

PROYECTOS Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

  1. Creación de industrias en el sector ecológico y adaptación de las existentes:
    • gastos de la construcción y adquisición de bienes inmuebles, exceptuada la compra de terrenos.
    • gastos de la adquisición e instalación de equipos y maquinaria nuevos, incluidos los informáticos.
    • hasta un límite del 12% de la inversión subvencionable, los gastos generales, tales como honorarios de arquitecto, ingeniero y consultor, estudios de viabilidad, asistencias técnicas y adquisición de patentes y licencias.

  2. Implantación de sistemas de calidad:
    • gastos por contratación de consultores externos para la elaboración e implantación de procedimientos operativos de calidad.
    • inversiones destinadas a la implantación de parámetros de calidad, como programas informáticos y equipos de control de calidad.
    • gastos de la Certificación del Sistema de Calidad.

  3. Fomento del asociacionismo ( sólo para cooperativas, sociedades agrarias de transformación y agrupaciones de empresas):
    • estudios de viabilidad, asesorías externas, notaría y registros, alquiler y seguros de oficinas.
    • gastos por contratación de personal técnico, por períodos inferior a un año, para el control y seguimiento de los socios y producciones de la entidad.
    • gastos por contratación de personal, gerentes y hasta tres técnicos.
    • gastos de formación del personal técnico y de los miembros del Consejo Rector.
    • honorarios por servicios y asesoramientos técnicos externos, si la entidad no cuenta personal cualificado para ello.
    • adquisición de material y equipamiento de oficina para el funcionamiento administrativo.
    • participación en el capital social de entidades asociativas de segundo o ulterior grado, de integración y de otras sociedades de nueva constitución o ya existentes.

  4. Concentración de la oferta y la demanda:
    • servicios de consultoría iniciales (técnicos, abogados y consultores).
    • gastos de contratación de personal técnico administrativo, material para las subastas, juntas de precios, comité de usuarios y publicación de los precios.
    • acondicionamiento de los locales y otros recintos.
    • mobiliario, material de oficina y equipamiento informático, el primer año.

TIPO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS

  1. Creación de industrias en el sector ecológico y adaptación de las existentes: ayuda a la inversión, entre el 25% y el 50% de la inversión subvencionable. El porcentaje se podrá incrementar hasta dos puntos, si la inversión se realiza en un municipio con menos de 20.000 habitantes, es realizada por una entidad asociativa agraria y la solicitud de inversión es menor de 600.000 €, por parte de empresas con una facturación inferior a 6 millones de euros.

  2. Implantación de sistemas de calidad: subvención a la inversión, con un máximo de 25.000 € por beneficiario en un período de dos años. En el caso de las pymes no podrá sobrepasar el 50% de los gastos subvencionables, según cual sea la cifra más favorable.

  3. Fomento del asociacionismo: un máximo del 40% de los gastos subvencionables, incrementándose hasta el 50% para las entidades asociativas agrarias de 2º o ulterior grado o de integración. La ayuda para la contratación de personal será del 50%, como máximo, por un período no superior a dos años. Cantidades máximas por categorías:
    año 1º: gerente: 18.030,36 € y personal técnico o administrativo: 10.517,71 €
    año 2º: gerente 13.522,77 € y personal técnico o administrativo: 7.512,65 €

  4. Concentración de la oferta y la demanda:
    • servicios de consultoría; máximo de 75.000 € por persona o entidad, en un período de dos años. Las pymes no podrán sobrepasar el 50% de los gastos subvencionables, según cual sea la cifra más favorable.
    • mobiliario y material de oficina; máximo del 40% y del 50% en zonas desfavorecidas.
    • contratación de personal; 50%, como máximo, por un período no superior a dos años. Cantidades máximas por categorías:
      año 1º: gerente: 18.030,36 € y personal técnico o administrativo: 10.517,71 €
      año 2º: gerente 13.522,77 € y personal técnico o administrativo: 7.512,65 €

REQUISITOS

  • Proyectos o actuaciones viables desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
  • Presentar la solicitud de las ayudas antes del comienzo de la realización de la inversión.
  • Las inversiones a realizar se mantendrán en el patrimonio del beneficiario, al menos, durante cinco años
  • En el caso de agrupaciones, los miembros deberán asumir compromiso de ejecución y especificar el importe que se aplica a cada uno de ellos.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y original y copia de la siguiente documentación:

  • Acreditación de la personalidad: DNI o Tarjeta de Identificación Fiscal (CIF), Escritura de constitución y Poder de representación.
  • Declaración de haber solicitado o no otras ayudas para la misma finalidad.
  • Declaración de no haber iniciado la inversión antes de solicitar la ayuda.
  • Declaración de estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y Junta de Andalucía.
  • Información económico-financiera, según anexo.
  • Memoria descriptiva y presupuesto detallado de las acciones a desarrollar.
  • Declaración de cumplir las normas sobre higiene y bienestar animal si procede.
  • Informe de la Consejería de Medio Ambiente sobre el cumplimiento de los requisitos ambientales.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

Del 13 de enero al 21 de febrero de 2006 . El impreso de solicitud se puede descargar de: www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca

Las solicitudes se presentarán en el registro de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca, situada en la Cl. Isabel la Católica, 13 de Cádiz.

ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL

Consejería de Agricultura y Pesca.
Orden de 29 de julio de 2005 (BOJA nº 156 de 11 de agosto).
Orden de 22 de agosto de 2005 incorporando un anexo como continuación del anexo II de la orden de 29 de julio de 2005.
Resolución de 22 de diciembre de 2005 (BOJA nº7 de 12 de enero de 2006)
Decreto 280/2001 de 26 de Diciembre de la Consejería de Presidencia de la Junta de Andalucía.

Rev.: 4
Fecha: 14/02/2006
Nombre: TRANSFORMACION Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS.doc

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