SUBVENCIONES A MUJERES Y EMPRESAS DE MUJERES POR EL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER, PARA EL FOMENTO Y MEJORA EMPRESARIAL.

BENEFICIARIAS

  1. Empresas de mujeres (propietarias al menos del 50% del capital) o empresarias autónomas que tengan abierta sede social en Andalucía.
  2. Mujeres que estén en fase de iniciar su proyecto de actividad autónoma o empresarial, en Andalucía con el carácter de empresa de mujeres.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

  1. Inversiones materiales:
    • Gastos de acondicionamiento de local.
    • Inversiones en bienes de equipo nuevos, instalaciones, mobiliario, equipos informáticos.
  2. Inversiones inmateriales:
    • Gastos de constitución: notaría, registros o gestoría, etc.
    • Registro de patentes y marcas.
    • Gastos de reforma y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión.
    • Gastos derivados de la adquisición de software y aplicaciones informáticas necesarias para el ejercicio de la actividad.
    • Planes de prevención de Riesgos Laborales, de igualdad y sistemas de calidad.
    • Diseño de imagen corporativa, marcas, anagramas, catálogos y logotipos de los productos, incluidos soportes telemáticos.
    • Gastos derivados de la puesta en marcha de un Plan de comercialización de la empresa en las siguientes acciones: nuevas tecnologías (campañas publicidad, páginas web), material gráfico (folletos), y relaciones públicas (asistencia a ferias, mailing, material promocional)
    • Gastos derivados de la asistencia técnica para la elaboración e implantación de los proyectos que contribuyan a la generación de empleo, la estabilidad y el crecimiento de las empresas.

Nota: No será subvencionables los siguientes gastos:

  • Las tasas, impuestos y contribuciones.
  • La colegiación en Colegios Profesionales.
  • Gastos de personal.
  • Gastos de explotación como, intereses bancarios, gastos corrientes, etc.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

Se subvencionará hasta el 50% del presupuesto de la inversión. El abono de las subvenciones concedidas se efectuará en un solo pago.

REQUISITOS

  • Los proyectos a subvencionar no podrán haberse ejecutado antes de la solicitud de ayuda.
  • Antes de la inversión la autoridad nacional competente debe confirmar por escrito que el proyecto, en principio, puede recibir la ayuda.
  • Las inversiones realizadas deberán mantenerse, en el establecimiento, al menos tres años.
  • El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas concluirá el 31 de diciembre de 2008 y su justificación 3 meses después, con fecha límite del 31 de marzo de 2009.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

  • El grado de cumplimiento de anteriores subvenciones concedidas por el Instituto Andaluz de la Mujer. Se valorará hasta un 20%.
  • Viabilidad técnica, económica y financiera de los proyectos presentados. Se valorará hasta un 20%.
  • Coherencia del proyecto. Se evaluará la memoria descriptiva de la actividad, así como la concreción y definición de las actuaciones planteadas y los recursos y experiencia. Se valorará hasta un 20%.
  • Carácter innovador del proyecto y su aportación a las Nuevas Tecnologías. Se valorará hasta un 20%.
  • Planes de Igualdad de oportunidades. Se valorarán hasta un 10%.
  • La inclusión del proyecto en acuerdos o planes sectoriales de adaptación ambiental. Se valorará hasta un 10%.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Impreso de solicitud.
  • DNI del solicitante.
  • Tarjeta de Identificación Fiscal (CIF) de la empresa.
  • Escritura de constitución registrada.
  • DNI y Poder del representante legal.
  • En caso de Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes, CIF de la entidad y el DNI de los integrantes. Toda la documentación que presenten debe ir firmada por todos los integrantes.
  • Certificado de la entidad bancaria de la titularidad de la cuenta.
  • Memoria descriptiva de la actividad.
  • Presupuesto desglosado.

LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes se presentarán en la sede provincial de Cádiz del Instituto Andaluz de la Mujer, en Pza. Escritor Ramón Solís, 16-17.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 24 de marzo de 2008.

ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL

Consejería de para la Igualdad y Bienestar Social (Instituto Andaluz de la Mujer).
Orden de 26 de julio de 2007 (BOJA nº 176 de 6 de septiembre de 2007).
Resolución de 11 de febrero (BOJA 38 de 22 de febrero de 2008).

Rev.: 1
Fecha: 26/02/2008
Nombre: SUBVENCION INSTITUTO ANDALUZ MUJER EMPRESA MUJERES.doc

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