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SUBVENCIONES EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURAS TURÍSTICAS.
¿QUIEN LA PUEDE SOLICITAR?
Pequeñas y medianas empresas.
TIPO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Proyectos subvencionables:
- Establecimientos de alojamiento turístico.
- Establecimientos hoteleros: reformas para implantación
de nuevas tecnologías y sistemas de organización
relativos a la mejora de los sistemas de gestión, depuración
de aguas, gestión energética, generación
y tratamiento de residuos, contaminación acústica
e instalaciones de seguridad. Reformas para la obtención
de categoría superior a tres estrellas y accesibilidad
a discapacitados.
- Campamentos de turismo: reforma y modernización
de las instalaciones de uso colectivo, accesos, viales, aparcamientos,
cerramientos, sistemas de seguridad, instalación eléctrica,
agua potable, tratamiento y eliminación de residuos
sólidos y aguas residuales, servicios higiénicos.
- Balnearios: creación, reforma y modernización.
- Alojamiento turístico en el medio rural.
- Establecimientos de alojamiento turístico (casas
rurales, establecimientos hoteleros, complejos turísticos
rurales y apartamentos turísticos rurales): creación,
ampliación, reforma y modernización.
- Viviendas turísticas de alojamiento rural: reformas
para su transformación en algún tipo de establecimiento
de alojamiento turístico de calidad.
- Establecimientos de restauración con gastronomía
típica andaluza.
- Restaurantes: creación, reforma y modernización.
- Mesones rurales: creación, reforma y modernización.
- Agencias de viaje.
Desarrollo e implantación de aplicaciones informáticas
que faciliten la reserva on line, de los productos turísticos
ofertados por la agencia.
- Servicios de información turística.
Modernización tecnológica de las oficinas de turismo.
- Creación de nuevos productos como la organización
de actividades integrantes en el turismo activo. Se consideran
prioritarias la industria del ocio, el turismo de salud y la creación
de circuitos turísticos ligados a la naturaleza, la cultura
y el deporte.
- Planes de marketing y comercialización turística.
Cuantía: Hasta un 46 % del proyecto en los siguientes conceptos:
construcciones (excluidos terrenos); trabajos de proyecto y dirección
facultativa; mobiliario, instalación y decoración;
equipos para procesos de información; maquinaria y utillaje.
Podrá ser subvencionable cualquier otra actuación,
que teniendo la consideración de gasto subvencionable con
fondos FEDER, pueda, en su caso, ser catalogada como infraestructura
turística.
REQUISITOS
- No haber iniciado el proyecto antes de la presentación
de la solicitud.
- La aportación mínima del beneficiario debe ser
del 25% de la inversión subvencionable, libre de toda ayuda.
- Destinar los proyectos subvencionados al uso turístico
durante al menos 5 años.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
- Impreso de solicitud (incluyendo memoria descriptiva del proyecto
y presupuesto).
- DNI del solicitante.
- En su caso, Tarjeta de Identificación Fiscal (CIF) de
la sociedad.
- En su caso, acreditación del representante legal.
- En su caso, escritura de constitución de la sociedad.
- En su caso, copia autenticada del impuesto de sociedades del
último ejercicio cerrado, junto con balance y cuenta de
resultado previsionales del año en curso y siguiente.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
Del 18 de enero de 2006 al 17 de febrero de 2006.
Descargar de la página web www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte
Presentar el impreso
de solicitud y la documentación requerida por duplicado
en el Registro de la Delegación Provincial de la Consejería
de Turismo, Comercio y Deporte, situada en Cl. Jacintos,4, Ed. Tamarindos,
de Cádiz.
También se puede presentar de forma electrónica a
través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía.
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL
Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
Orden
de 8 de Marzo de 2005 (BOJA 55 de 18 de marzo).
Orden
de 12 de Diciembre de 2005 (BOJA 251 de 28 de diciembre)
Rev.: 7
Fecha: 23/01/2006
Nombre: SUBVENCION INFRAESTRUCTURA TURISTICA.doc
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Consultas Off-line |
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Cálculo de
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