|
SUBVENCIONES A EMPRESAS CALIFICADAS
COMO I+E
¿QUIEN LA PUEDE SOLICITAR?
Empresas de cualquier forma jurídica y que no hayan iniciado
su actividad:
- Autónomos y comunidades de bienes: no estar de alta en
Modelo Censal 036 (Declaración Censal de Inicio de Actividad
de la Agencia Estatal Tributaria).
- Sociedades: No inscritas en Registro Mercantil o de Cooperativas
(o no haber transcurrido más de 6 meses desde su inscripción)
y no estar de alta en Modelo Censal 036 (Declaración Censal
de Inicio de Actividad de la Agencia Estatal Tributaria).
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
A. Ayuda financiera:
- Reducción de intereses de préstamos.
- Límite: hasta 5.109,00 € por puesto de trabajo indefinido
a crear.
- Préstamos gestionados ante entidades financieras adheridas
al Convenio de Colaboración con la Junta de Andalucía.
- Debe solicitarse la reducción antes de la firma del préstamo.
B. Ayudas de apoyo a la función gerencial:
- 75% del coste de los servicios de apoyo al promotor o empresario
en la gestión de la empresa (tutorías, cursos de
formación empresarial, realización de estudios e
informes externos, etc.).
- Límite: Hasta 12.020,24 €.
C. Ayudas por asistencia técnica:
- 50% de los costes laborales por contratación de expertos
técnicos de alta cualificación.
- Límite de 18.030,36 €.
- Incluye las cotizaciones a la Seguridad Social.
- La ayuda únicamente cubrirá el primer año
de contratación.
D. Ayudas por contratación indefinida:
- Contratos indefinidos a jornada completa de trabajadores por
cuenta ajena: 4.808,00 €.
- Contratación dentro de los dos años siguientes
al inicio de la actividad.
- Contratos indefinidos a tiempo parcial de trabajadores por cuenta
ajena: parte proporcional de 4.808,00 € (si se incrementa
la jornada a tiempo completo se complementa la ayuda hasta alcanzar
los 4.808 euros).
- Incremento jornada: en los 3 años siguientes a contratación
inicial.
- Incorporación a jornada completa de socios trabajadores
en cooperativas y sociedades laborales: 4.808,00 euros (o
parte proporcional si es tiempo parcial).
- En todos los casos, tanto los trabajadores como los socios trabajadores,
deben encontrarse en desempleo y mantener la relación laboral
durante al menos tres años. Estas ayudas por contratación
indefinida son incompatibles para un mismo trabajador con la ayuda
por asistencia técnica.
NOTA: Incremento del 10% en la cuantía de todas las
ayudas anteriormente mencionadas, cuando la actividad pertenezca
a los siguientes sectores:
- Protección y mantenimiento de zonas naturales.
- Gestión de residuos.
- Tratamiento de aguas y saneamiento de zonas contaminadas.
- Implantación de energías alternativas.
- Protección del turismo rural y cultural.
- Vigilancia y seguridad.
- Transportes colectivos locales.
- Desarrollo cultural local.
- Nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
- Cuidado de niños, personas discapacitadas y mayores.
- Servicios a domicilio.
- Asistencia a jóvenes en dificultad.
REQUISITOS
- Tener prevista la contratación de trabajadores o la
incorporación de socios trabajadores a cooperativas o sociedades
laborales.
- Apoyo al proyecto empresarial mediante la aportación
de recursos económicos y/o materiales del Consorcio UTEDLT
(Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico)
o del Ayuntamiento de Jerez.
- Que el proyecto de empresa sea técnica, económica
y financieramente viable.
- Solicitar la calificación como I+E antes de darse de
alta en la Declaración Censal de Inicio de Actividad (modelo
036).
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
1ª Fase: Solicitud de Calificación I+E
- Impreso de solicitud de Calificación cumplimentado.
- Fotocopia compulsada del DNI o CIF del promotor.
- Certificación de la colaboración del Ayuntamiento
de Jerez que especifique los medios e infraestructuras puestos
a disposición del promotor para dicho proyecto, o en su
caso, informe de la UTEDLT en el que se especifiquen los servicios
de ayuda prestados al promotor del proyecto.
- En su caso, documentación acreditativa de la constitución
de la empresa.
- Memoria explicativa de la viabilidad del proyecto.
- Declaración del promotor de no haber iniciado la actividad.
2ª Fase: Inscripción en el Registro del Servicio
Andaluz de Empleo (S.A.E.)
- La inscripción la realiza de oficio el Servicio Andaluz
de Empleo.
- En los 12 meses siguientes a la Resolución de calificación
de I+E, los promotores deberán constituir las empresas
(inscribirlas en el Registro correspondiente) e iniciar la actividad
(causar alta en el modelo 036 de la Agencia Estatal Tributaria)
3ª Fase: Solicitud de subvenciones
- Impreso de solicitud cumplimentado.
- Fotocopia compulsada del DNI o CIF del solicitante o representante.
- Certificación de titularidad bancaria y número
de cuenta.
- Copia de la escritura de constitución, en el caso de
sociedades.
- Alta en la Declaración Censal de Inicio de Actividad
y/o alta en el Régimen de la Seguridad Social correspondiente,
en el caso de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
En función del tipo de subvención solicitada, presentarán
además:
- Para la subvención financiera: contrato de préstamo
con la Entidad Financiera, así como declaración
de los contratos indefinidos a realizar.
- Para el Apoyo a la Función Gerencial: coste y justificación
de la medida de apoyo solicitada.
- Para la contratación de expertos técnicos de
alta cualificación: número y perfil profesional
de los mismos, costes laborales totales y acreditación
de la necesidad de dicha contratación.
- Para la subvención a la contratación indefinida:
- Si es contratación por cuenta ajena, comunicación
del contrato de trabajo a través de la aplicación
contrat@ disponible en la página web del SAE
y fotocopia compulsada del alta en la Seguridad Social de
los trabajadores contratados.
- Si son sociedades: escritura de constitución de la
sociedad y, en su caso, certificado de la incorporación
del trabajador a dicha sociedad.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
- Ayuda financiera (apartado A): en cualquier momento del
año y siempre antes de iniciar el proyecto empresarial.
- Ayudas de función gerencial y asistencia técnica
(apartados B y C): un año desde el inicio de la actividad.
- Ayudas por contratación indefinida (apartado D):
dos meses desde la contratación o incorporación
de socio trabajador.
El impreso
de solicitud de calificación como empresa I+E se puede
descargar de la página web www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdeempleo.
Presentación (original y copia) en las oficinas del Consorcio
de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico
de Jerez de la Frontera situadas en: Cl. Diego Fernández
Herrera, s/n (Jerez) y Calle Cristina, 3 (La Barca de la Florida).
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL
Servicio Andaluz de Empleo.
Orden
de 21 de enero de 2004 (BOJA 22 de 3 de febrero).
Orden
de 22 de noviembre de 2004 (BOJA 232 de 26 de noviembre).
Rev.: 0
Fecha: 01/02/2007
Nombre: CALIFICACION I+E.doc
|
|
 |
|
|
|
|
|
|
Consultas Off-line |
|
|
|
|
|
|
|
|
 |
|
Entre y le resolvemos cualquier duda
de su proyecto empresarial. |
|
|
| Entrar
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Cálculo de
Tributos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Conozca las licencias municipales
necesarias para su negocio. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Simulador Empresarial |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Compruebe si su idea empresarial
es viable. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|