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SUBVENCIONES EN MATERIA DE
PROMOCIÓN COMERCIAL.
¿QUIÉN LA PUEDE SOLICITAR?
Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) productoras radicadas
en Andalucía. Las asociaciones federaciones y confederaciones
empresariales de pymes productoras, sin ánimo de lucro, y
las comunidades de bienes.
Quedan excluidas las asociaciones benéficas, recreativas,
culturales y deportivas, las organizaciones sindicales, las empresas
y asociaciones de empresas de servicios, las empresas y asociaciones
que fomenten el turismo y la construcción, así como
las empresas y las asociaciones del sector de la distribución
comercial.
TIPO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Grupo 1. Asociaciones, subvención directa hasta un máximo
del 60% de la inversión aprobada subvencionable.
Grupo 2. Empresas, hasta un máximo del 50% de la inversión
aprobada subvencionable.
Conceptos subvencionables:
- Participación en ferias, certámenes comerciales,
demostraciones o conferencias. Inversión máxima:
- Contratación del espacio, los derechos de inscripción
e intérprete. Solo cuatro acciones para un mismo
beneficiario y convocatoria.
- Acciones promocionales en puntos de venta, limitadas al lanzamiento
de un nuevo producto o de un producto ya existente, ambos en
un nuevo mercado.
- Contratación del espacio e intérprete.
Solo cuatro acciones para un mismo beneficiario y convocatoria.
- Diseño y edición de catálogos realizados
en cualquier tipo de soporte (papel, magnético, CD o
DVD), limitados al lanzamiento de un nuevo producto o de un
producto ya existente, ambos en un nuevo mercado.
- Inserción publicitaria en revistas especializadas
del sector.
- Construcción de páginas web.
- Estudios de mercado elaborados por empresas externas.
- Diseño de logotipos y de envases.
- Gastos de registro de patentes y marcas comerciales.
- Asesoramiento técnico en comercio exterior para agrupaciones
de empresas o consorcios y asociaciones empresariales.
- Estudios normalizados de calidad.
- Implantación de sistemas normalizados de calidad.
NOTA: las acciones a subvencionar se realizarán desde
el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, pero nunca
antes de la presentación de la solicitud de la ayuda.
REQUISITOS
- Empresas. Mantener los siguientes requisitos durante el plazo
de ejecución de los conceptos subvencionables:
- No superar los 250 trabajadores.
- Que la facturación del ejercicio anterior no supere
los 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda
de 43 millones de euros.
- Cumplir el criterio de independencia según la normativa
comunitaria.
- Comunidad de bienes:
- Cada miembro deberá asumir su compromiso de ejecución
y nombrar a un representante único de la comunidad.
- Todos los integrantes obtendrán la condición
de beneficiarios, quedando obligados como personas físicas
conjunta y solidariamente.
- No podrán disolverse hasta que haya transcurrido
el plazo de prescripción previsto en los artículos
39 y 65 de la Ley General de Subvenciones (4 años).
CRITERIOS DE VALORACIÓN
- Generales (50% de la puntuación total):
- Grado de cumplimiento de las anteriores subvenciones concedidas
en materia de comercio y/o artesanía, hasta un 10%.
- Viabilidad técnica, económica y financiera,
hasta un 10%.
- Coherencia del proyecto, evaluando la memoria descriptiva
de la actividad, hasta un 10%.
- Adopción de medidas que mejoren la accesibilidad,
hasta un 10%.
- Utilización de nuevas tecnologías para ejecutar
proyecto, hasta un 5%.
- Grado de compromiso medioambiental, hasta un 5%.
- Específicos (50% de la puntuación total):
- Implantación de un sistema normalizado de calidad,
hasta un 10%
- Desarrollo de acciones para la consecución de la
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, hasta un
10%.
- Volumen de facturación, hasta un 10%.
- Disposición de otras fuentes de financiación,
así como la aportación de ingresos propios para
la actividad a desarrollar, hasta un 5%.
- El número de trabajadores y trabajadoras, hasta
un 5%.
- Antigüedad de la entidad solicitante, hasta un 5%.
- Número de miembros, en caso de asociaciones, hasta
un 5%.
Nota: se valorarán y ponderarán las solicitudes según
los criterios siguientes:
- Trayectoria o potencial exportador, hasta un 15%.
- Repercusión del proyecto en la apertura o consolidación
de mercados, hasta un 15%.
- Repercusión del proyecto en el sector productivo que
se trate, hasta un 10%.
- Contribución a una mayor competitividad del producto,
hasta un 10%.
- También se valorarán las propuestas de las asociaciones
que incidan en un mayor número de empresas.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Impreso de solicitud oficial cumplimentado y original o fotocopia
compulsada de la siguiente documentación:
- Empresas, personas físicas o jurídicas:
- D.N.I. del solicitante.
- Declaración censal de inicio de actividad.
- Escritura de constitución inscrita en el Registro
Mercantil.
- Tarjeta del Código de Identificación Fiscal
(C.I.F.).
- D.N.I. y escritura de poder del representante de la entidad.
- TC2 del mes anterior a la presentación de la solicitud,
o en su caso, alta en el Régimen de Autónomos.
- Cifra de facturación y balance general anual a 31
de diciembre de 2007.
- Asociaciones empresariales:
- Documento de constitución y Estatutos registrados.
- Tarjeta del Código de Identificación Fiscal
(C.I.F.).
- D.N.I. y documento que acredite la representación.
- Relación certificada de empresas asociadas y acuerdo
del órgano de gobierno aprobando el proyecto de ayuda.
- Comunidades de bienes:
- Documento de constitución y C.I.F.
- D.N.I. de cada uno de los socios.
- D.N.I. y acreditación del representante de la comunidad.
- Compromiso de ejecución de cada uno de los miembros
y el importe de la subvención aplicable a cada uno
de ellos.
- Declaración censal de inicio de actividad.
Nota: todos los beneficiarios han de presentar: Memoria descriptiva
de la actividad indicando objetivos, acciones, método de
trabajo, calendario del programa y fecha de realización de
las actividades, así como presupuesto desglosado con la relación
de gastos e ingresos previstos para la realización del proyecto
y las cantidades otorgadas por otras entidades para su financiación.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes se extenderá
del 1 al 31 de enero de 2008.
El impreso de solicitud
se podrá cumplimentar directamente en la página
web.
Las solicitudes se presentarán junto con la documentación
requerida, en el Registro de la Delegación Provincial de
la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, situado en
la Cl. Jacintos, 4, Ed. Tamarindos de Cádiz.
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL
Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
Orden
de 27 de noviembre de 2007 (BOJA 243 de 12 de diciembre de 2007)
Orden
de 9 de noviembre de 2006 (BOJA 239, de 13 de diciembre de 2006)
Rev.: 7
Fecha: 08/01/2008
Nombre: PROMOCION COMERCIAL.doc
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