SUBVENCIONES EN MATERIA DE
PROMOCIÓN COMERCIAL.

¿QUIÉN LA PUEDE SOLICITAR?

Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) productoras radicadas en Andalucía. Las asociaciones federaciones y confederaciones empresariales de pymes productoras, sin ánimo de lucro, y las comunidades de bienes.

Quedan excluidas las asociaciones benéficas, recreativas, culturales y deportivas, las organizaciones sindicales, las empresas y asociaciones de empresas de servicios, las empresas y asociaciones que fomenten el turismo y la construcción, así como las empresas y las asociaciones del sector de la distribución comercial.

TIPO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS

Grupo 1. Asociaciones, subvención directa hasta un máximo del 60% de la inversión aprobada subvencionable.

Grupo 2. Empresas, hasta un máximo del 50% de la inversión aprobada subvencionable.

Conceptos subvencionables:

    1. Participación en ferias, certámenes comerciales, demostraciones o conferencias. Inversión máxima:
      • Contratación del espacio, los derechos de inscripción e intérprete. Solo cuatro acciones para un mismo beneficiario y convocatoria.
    2. Acciones promocionales en puntos de venta, limitadas al lanzamiento de un nuevo producto o de un producto ya existente, ambos en un nuevo mercado.
      • Contratación del espacio e intérprete. Solo cuatro acciones para un mismo beneficiario y convocatoria.
    3. Diseño y edición de catálogos realizados en cualquier tipo de soporte (papel, magnético, CD o DVD), limitados al lanzamiento de un nuevo producto o de un producto ya existente, ambos en un nuevo mercado.
    4. Inserción publicitaria en revistas especializadas del sector.
    5. Construcción de páginas web.
    6. Estudios de mercado elaborados por empresas externas.
    7. Diseño de logotipos y de envases.
    8. Gastos de registro de patentes y marcas comerciales.
    9. Asesoramiento técnico en comercio exterior para agrupaciones de empresas o consorcios y asociaciones empresariales.
    10. Estudios normalizados de calidad.
    11. Implantación de sistemas normalizados de calidad.

NOTA: las acciones a subvencionar se realizarán desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, pero nunca antes de la presentación de la solicitud de la ayuda.

REQUISITOS

  1. Empresas. Mantener los siguientes requisitos durante el plazo de ejecución de los conceptos subvencionables:
    • No superar los 250 trabajadores.
    • Que la facturación del ejercicio anterior no supere los 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros.
    • Cumplir el criterio de independencia según la normativa comunitaria.

  2. Comunidad de bienes:
    • Cada miembro deberá asumir su compromiso de ejecución y nombrar a un representante único de la comunidad.
    • Todos los integrantes obtendrán la condición de beneficiarios, quedando obligados como personas físicas conjunta y solidariamente.
    • No podrán disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley General de Subvenciones (4 años).

CRITERIOS DE VALORACIÓN

  • Generales (50% de la puntuación total):
    • Grado de cumplimiento de las anteriores subvenciones concedidas en materia de comercio y/o artesanía, hasta un 10%.
    • Viabilidad técnica, económica y financiera, hasta un 10%.
    • Coherencia del proyecto, evaluando la memoria descriptiva de la actividad, hasta un 10%.
    • Adopción de medidas que mejoren la accesibilidad, hasta un 10%.
    • Utilización de nuevas tecnologías para ejecutar proyecto, hasta un 5%.
    • Grado de compromiso medioambiental, hasta un 5%.

  • Específicos (50% de la puntuación total):
    • Implantación de un sistema normalizado de calidad, hasta un 10%
    • Desarrollo de acciones para la consecución de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, hasta un 10%.
    • Volumen de facturación, hasta un 10%.
    • Disposición de otras fuentes de financiación, así como la aportación de ingresos propios para la actividad a desarrollar, hasta un 5%.
    • El número de trabajadores y trabajadoras, hasta un 5%.
    • Antigüedad de la entidad solicitante, hasta un 5%.
    • Número de miembros, en caso de asociaciones, hasta un 5%.

Nota: se valorarán y ponderarán las solicitudes según los criterios siguientes:

  • Trayectoria o potencial exportador, hasta un 15%.
  • Repercusión del proyecto en la apertura o consolidación de mercados, hasta un 15%.
  • Repercusión del proyecto en el sector productivo que se trate, hasta un 10%.
  • Contribución a una mayor competitividad del producto, hasta un 10%.
  • También se valorarán las propuestas de las asociaciones que incidan en un mayor número de empresas.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Impreso de solicitud oficial cumplimentado y original o fotocopia compulsada de la siguiente documentación:

  • Empresas, personas físicas o jurídicas:

    1. D.N.I. del solicitante.
    2. Declaración censal de inicio de actividad.
    3. Escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
    4. Tarjeta del Código de Identificación Fiscal (C.I.F.).
    5. D.N.I. y escritura de poder del representante de la entidad.
    6. TC2 del mes anterior a la presentación de la solicitud, o en su caso, alta en el Régimen de Autónomos.
    7. Cifra de facturación y balance general anual a 31 de diciembre de 2007.

  • Asociaciones empresariales:

    1. Documento de constitución y Estatutos registrados.
    2. Tarjeta del Código de Identificación Fiscal (C.I.F.).
    3. D.N.I. y documento que acredite la representación.
    4. Relación certificada de empresas asociadas y acuerdo del órgano de gobierno aprobando el proyecto de ayuda.

  • Comunidades de bienes:

    1. Documento de constitución y C.I.F.
    2. D.N.I. de cada uno de los socios.
    3. D.N.I. y acreditación del representante de la comunidad.
    4. Compromiso de ejecución de cada uno de los miembros y el importe de la subvención aplicable a cada uno de ellos.
    5. Declaración censal de inicio de actividad.

Nota: todos los beneficiarios han de presentar: Memoria descriptiva de la actividad indicando objetivos, acciones, método de trabajo, calendario del programa y fecha de realización de las actividades, así como presupuesto desglosado con la relación de gastos e ingresos previstos para la realización del proyecto y las cantidades otorgadas por otras entidades para su financiación.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá del 1 al 31 de enero de 2008.

El impreso de solicitud se podrá cumplimentar directamente en la página web.

Las solicitudes se presentarán junto con la documentación requerida, en el Registro de la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, situado en la Cl. Jacintos, 4, Ed. Tamarindos de Cádiz.

ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
Orden de 27 de noviembre de 2007 (BOJA 243 de 12 de diciembre de 2007)
Orden de 9 de noviembre de 2006 (BOJA 239, de 13 de diciembre de 2006)

Rev.: 7
Fecha: 08/01/2008
Nombre: PROMOCION COMERCIAL.doc

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