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TIPO DE INTERÉS
BONIFICACIONES El ICO bonificará al CLIENTE, a través de la Entidad de Crédito correspondiente, un 1,50% del tipo de interés de la operación, que será aplicado como valor actualizado neto y destinado a la amortización anticipada de capital. El importe correspondiente de esta bonificación es de 65 euros por cada 1.000 euros de financiación. COMISIONES Y CANCELACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y la Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisión de apertura, estudio o de disponibilidad. Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar, en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes: Tipo variable: no se imputará penalización. Tipo fijo: se aplicará una comisión en función del tipo de operación, la fecha de cancelación y el importe a cancelar. En todos los casos, si la amortización anticipada se produce durante los dos primeros años de vida de la financiación, se aplicará una comisión cuya cuantía variará en función del momento en que se produzca la amortización. PLAZO Y TRAMITACIÓN Hasta el 20 de diciembre de 2010 o finalización de
fondos. GARANTÍAS En función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión (por ejemplo: hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios y sociedades de garantía reciproca). ORGANISMO RESPONSABLE Ministerio de Economía y Hacienda. Instituto de Crédito Oficial. Paseo del Prado, 4, Madrid. Para más información llamar al teléfono 900 121 121 o conectar con la página www.ico.es
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