PRÉSTAMOS INSTITUTO CRÉDITO
OFICIAL (ICO)
LÍNEA CRECIMIENTO EMPRESARIAL 2009
¿QUIEN LOS PUEDE SOLICITAR?
Empresas de 50 trabajadores o más a 31 de diciembre de 2008,
con independencia de su volumen de facturación o balance
general.
CONCEPTOS FINANCIABLES
Activos fijos nuevos cuyos proyectos cumplan los siguientes límites:
- inmovilizaciones intangibles no "tecnológicas"(I+D,
concesiones administrativas, propiedad industrial, derechos de
traspaso y anticipos para inmovilizaciones intangibles), no podrán
superar el 50% de la inversión total.
- inmovilizaciones intangibles "tecnológicas",
destinadas a la innovación o modernización tecnológica
de las empresas, no están sujetas a limitación.
- inmovilizaciones materiales consistentes en terrenos y bienes
naturales o en construcciones, no podrán superar el 80%
de la inversión total.
- inmovilizado material, diferentes a construcciones y terrenos
y bienes naturales no están sujetas a limitación.
No se financian: las reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones,
circulante, IVA y otros impuestos ligados a la inversión.
Nota: las inversiones financiables no podrán tener una antigüedad
superior a 6 meses a la fecha de firma del contrato de financiación,
y deberán ejecutarse en el plazo máximo de 1 año
desde la firma.
FINANCIACIÓN MÁXIMA
El importe máximo financiable será hasta el 80%
del proyecto de inversión neto, con un máximo de 6
millones de euros por beneficiario y año, en una única
operación o en varias.
En caso de que el cliente haya obtenido financiación en
la Línea ICO-PYME 2009, el importe de financiación
obtenido en las dos líneas no podrá ser superior a
6 millones de euros.
PLAZOS DE AMORTIZACIÓN
7 años sin carencia o con un período de carencia
del principal de 2 años.
10 años sin carencia o con un período de carencia
del principal de 3 años.
TIPO DE INTERÉS
Fijo. Referencia ICO, más hasta 1,44%.
Variable. Referencia ICO, más hasta 1,44%.
COMISIONES
Sin comisión de apertura, estudio o disponibilidad.
CANCELACIÓN ANTICIPADA
Podrá efectuarse la cancelación anticipada, total
o parcial, de la operación de préstamo/leasing:
Tipo variable: no se imputará penalización.
Tipo fijo: el cliente deberá pagar.
- Para operaciones con garantía hipotecaria:
- 0,50% flat sobre el importe cancelado, si la cancelación
se produce durante los 5 primeros años.
- 0,25% flat sobre el importe cancelado, si la cancelación
se produce a partir del quinto año.
- Resto operaciones a tipo fijo:
- 1% flat sobre el importe cancelado.
Nota: en todos los casos, si la amortización anticipada
se produce durante los dos primeros años de la financiación,
se aplicará una comisión en función del momento
de la cancelación.
GARANTÍAS
En función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad
del proyecto de inversión (por ejemplo: hipotecarias, personales,
avales mancomunados o solidarios y sociedades de garantía
reciproca).
PLAZO Y TRAMITACIÓN
Hasta el 21 de diciembre de 2009 o finalización de fondos.
En las oficinas de los principales bancos y cajas de ahorro. La
documentación a presentar será aquella que cada entidad
de crédito considere.
ORGANISMO RESPONSABLE
Ministerio de Economía y Hacienda. Instituto de Crédito
Oficial. Paseo del Prado, 4, Madrid. Para más información
llamar al teléfono 900 121 121 o conectar con la página
www.ico.es.
Rev.: 3
Fecha: 04/02/2009
Nombre: PRESTAMOS ICO CRECIMIENTO EMPRESARIAL.doc
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