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AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN
DEL PEQUEÑO COMERCIO
Y LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE CALIDAD.
¿QUIEN LA PUEDE SOLICITAR?
Las pequeñas y medianas empresas comerciales, minoristas
radicadas en Andalucía.
Deberán estar inscritas en el Registro de Comerciantes y
Actividades Comerciales de Andalucía. Inscripción
en la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo,
Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, sita en calle
Jacintos 4 Edificio Tamarindos - Cádiz).
http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/cFormularioCategoria.do?
idcategoria=17&tipo=4
Están excluidas las siguientes actividades: farmacia, tabaco
y artículos del fumador, vehículos, aeronaves, embarcaciones
y accesorios, combustibles y lubricantes, bienes usados, artículos
de coleccionismo, ortopedia, óptica, fotografía, joyería
y bisutería, relojería, mercadillos ocasionales, sex-shop,
venta por correo o catálogo y vending.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
El importe de la subvención a conceder no excederá
del 50% de la inversión aprobada subvencionable con los siguientes
límites:
- Renovación y mejora tecnológica para empresas
que no superen los 15 trabajadores ( incluyendo al empresario
autónomo):
- Adquisición de equipos informáticos, hasta 3.000
€.
- Adquisición de software, hasta 1.500 €.
- Adquisición de equipo tecnológico, hasta 3.000
€.
- Conexión a Internet, hasta 500 €.
- Gastos para la asistencia a ferias de nuevas tecnologías
de información comercial adaptadas al comercio (NTIC),
hasta 600 €.
- Diseño e implantación de sistemas de ventas
no presenciales (comercio electrónico), hasta 2.000 €.
- Proyectos relativos al asesoramiento y puesta en práctica
de servicios asociados a la venta (servicio postventa), hasta
1.200 €.
- Adecuación física de los establecimientos, necesaria
en la implantación de nuevos sistemas de venta, hasta
18.000 €.
- Ampliación y reforma de la superficie de venta, hasta
60.000 €.
- Adquisición de equipamiento y mobiliario comercial,
hasta 15.000 €.
- Actuaciones derivadas de la implantación de la norma
de calidad UNE 175001/1:
- Gastos derivados de auditorias y consultorías
realizados por asesorías externas para obtener la
certificación, hasta 1.000 €.
- Gastos derivados de la emisión del certificado
de calidad, hasta 500 €.
- Empresas que no superen los 15 trabajadores ( incluyendo al
empresario autónomo):
- Diseño de proyectos empresariales de gestión
que estimulen y fomenten la innovación y su puesta en
marcha, hasta 30.000 €.
- Desarrollo de programas de análisis e incorporación
de innovaciones (benchmarking), hasta 30.000 €.
- Apertura de nuevos centros en grandes establecimientos comerciales,
manteniendo los existentes, hasta 30.000 €.
- Empresas que no superen los 25 trabajadores ( incluyendo al
empresario autónomo):
- Estudios de mercado sobre la idoneidad de la apertura del
segundo y posterior punto de venta en la misma localidad, hasta
30.000 €.
- Estudios de mercado sobre la idoneidad de extender la ampliación
a otras localidades y/o estudios de mercado relativos a proyectos
de diversificación en nuevos segmentos del mercado, hasta
30.000 €.
- Actuaciones derivadas de la implantación de la norma
de calidad UNE 175001/1.
- Gastos derivados de auditorias y consultorías realizados
por asesorías externas para obtener la certificación,
hasta 1.000 €.
- Gastos derivados de la emisión del certificado de
calidad, hasta 500 €.
- Fomento de la transferencia horizontal entre empresas innovadoras
y comerciantes andaluces.
- Cambio o ampliación a nuevas actividades comerciales.
- Apertura de un segundo o posterior punto de venta, manteniendo
el preexistente.
- Diseño de planes estratégicos orientados al crecimiento
de las pymes comerciales.
- Inversiones destinadas a transformar un establecimiento comercial
polivalente en u especializado.
- Inversiones destinadas a que los establecimientos especializados
puedan ofrecer una gama más estrecha y profunda de productos.
- Articulación de estrategias de venta basadas en la diferenciación
de servicios ofrecidos al consumidor.
- Adecuación física de las pymes comerciales derivadas
de su conversión a franquiciadora.
- Apoyo a la pymes comerciales en municipios con menos de 5.000
habitantes:
- Acondicionamiento y optimización de la imagen de
los comercios.
- Implantación de nuevas técnicas de venta.
- Adopción de dinámicas de multiservicios.
- Diversificación de la oferta comercial fomentando
los productos autóctonos.
- Desarrollo de actividades dirigidas a fomentar la calidad
de las pymes.
CRITERIOS DE VALORACIÓN Y REQUISITOS
- Estar inscrito en el Registro de Comerciantes y Actividades
Comerciales. http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/cFormularioCategoria.do?idcategoria=17&tipo=4#
- Generales (50% de la puntuación total):
- Grado de cumplimiento de las anteriores subvenciones concedidas
en materia de comercio y/o artesanía, hasta un 10%.
- Viabilidad técnica, económica y financiera,
hasta un 10%.
- Coherencia del proyecto, evaluando la memoria descriptiva
de la actividad, hasta un 10%.
- Adopción de medidas que mejoren la accesibilidad,
hasta un 10%.
- Utilización de nuevas tecnologías para ejecutar
proyecto, hasta un 5%.
- Grado de compromiso medioambiental, hasta un 5%.
- Específicos (50% de la puntuación total):
- Tener establecimiento en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
- Que la actividad principal esté incluida en los
epígrafes descritos en el anexo I, y que cuenten, al
menos, con dos años de antigüedad.
- Los proyectos no podrán estar iniciados antes de
la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
- El proyecto subvencionado tendrá que realizarse
en un plazo de tres meses, como máximo, después
de recibir la notificación de la resolución
favorable.
- No haber obtenido de esta Consejería subvenciones
o ayudas para las mismas actuaciones subvencionables, en los
dos ejercicios anteriores.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
El impreso de solicitud
se podrá cumplimentar directamente en la página web.
Deberá ir acompañado de la documentación,
por duplicado, que se señala a continuación:
- En el caso de personas físicas, DNI del solicitante.
- En el caso de personas jurídicas: escritura de constitución,
tarjeta del CIF, así como DNI y escritura de poder del
representante.
- Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
en alguno de los epígrafes relacionados en el anexo o declaración
Censal de Inicio de Actividad, si está exento de este impuesto.
- En el caso de tener trabajadores contratados, documentación
acreditativa del total de los mismos (Boletín de cotización
a la Seguridad Social TC1 y TC2 del mes anterior a la presentación
de la solicitud, o en su caso, alta en el Régimen de Autónomos).
- Cifra de facturación y balance general anual a 31 de
diciembre de 2007.
- Memoria descriptiva de la actividad indicando objetivos, acciones,
método de trabajo, calendario del programa y fecha de realización
de las actividades.
- Presupuesto desglosado con la relación de gastos e ingresos
previstos para la realización del proyecto y las cantidades
otorgadas por otras entidades para su financiación.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes se extenderá
del 1 al 31 de enero de 2008.
Se presentarán en el Registro de la Delegación Provincial
de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, situado
en la Cl. Jacintos, 4, Ed. Tamarindos, de Cádiz.
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL
Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
Orden
de 27 de noviembre de 2007 (BOJA 243, de 12 de diciembre de
2007)
Orden
de 9 de noviembre de 2006 (BOJA 239, de 13 de diciembre de 2006)
ANEXO I
EPÍGRAFES DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES
ECONÓMICAS SUBVENCIONABLES.
Agrupación 64: Comercio al por menor de productos
alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes.
Excepto Grupo 646: Comercio al por menor de labores de tabaco y
artículos de fumador.
Agrupación 65: Comercio al por menor de productos
industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.
Excepto:
Grupo 652.1: Farmacias. Comercio al por menor de medicamentos,
productos sanitarios y de higiene personal.
Grupo 654: Comercio al por menor de vehículos terrestres,
aeronaves y embarcaciones y de maquinaria, accesorios y piezas
de recambio.
Grupo 655: Comercio al por menor de combustibles, carburantes
y lubricantes.
Grupo 656: Comercio al por menor de bienes usados, tales como
muebles, prendas, y enseres ordinarios de uso doméstico.
Grupo 659.1: Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas,
obras de arte, etc.
Grupo 659.3: Comercio al por menor de aparatos e instrumentos
médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos.
Grupo 659.5: Comercio al por menor de artículos de joyería,
relojería, platería y bisutería.
Grupo 659.8: Comercio al por menor denominado "sex-shop".
Agrupación 66: Comercio mixto o integrado...
Excepto:
Grupo 663: Comercio al por menor fuera de un establecimiento
comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales
o periódicos).
Grupo 664: Comercio en régimen de expositores en depósito
y mediante aparatos automáticos.
Grupo 665: Comercio al por menor por correo y catálogo
de productos diversos.
Rev.: 9
Fecha: 01/02/2008
Nombre: MODERNIZACION PEQUEÑO COMERCIO.doc
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