AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN
DEL PEQUEÑO COMERCIO
Y LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE CALIDAD.

¿QUIEN LA PUEDE SOLICITAR?

Las pequeñas y medianas empresas comerciales, minoristas radicadas en Andalucía.

Deberán estar inscritas en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía. Inscripción en la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, sita en calle Jacintos 4 Edificio Tamarindos - Cádiz).
http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/cFormularioCategoria.do?
idcategoria=17&tipo=4

Están excluidas las siguientes actividades: farmacia, tabaco y artículos del fumador, vehículos, aeronaves, embarcaciones y accesorios, combustibles y lubricantes, bienes usados, artículos de coleccionismo, ortopedia, óptica, fotografía, joyería y bisutería, relojería, mercadillos ocasionales, sex-shop, venta por correo o catálogo y vending.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

El importe de la subvención a conceder no excederá del 50% de la inversión aprobada subvencionable con los siguientes límites:

  1. Renovación y mejora tecnológica para empresas que no superen los 15 trabajadores ( incluyendo al empresario autónomo):

    1. Adquisición de equipos informáticos, hasta 3.000 €.
    2. Adquisición de software, hasta 1.500 €.
    3. Adquisición de equipo tecnológico, hasta 3.000 €.
    4. Conexión a Internet, hasta 500 €.
    5. Gastos para la asistencia a ferias de nuevas tecnologías de información comercial adaptadas al comercio (NTIC), hasta 600 €.
    6. Diseño e implantación de sistemas de ventas no presenciales (comercio electrónico), hasta 2.000 €.
    7. Proyectos relativos al asesoramiento y puesta en práctica de servicios asociados a la venta (servicio postventa), hasta 1.200 €.
    8. Adecuación física de los establecimientos, necesaria en la implantación de nuevos sistemas de venta, hasta 18.000 €.
    9. Ampliación y reforma de la superficie de venta, hasta 60.000 €.
    10. Adquisición de equipamiento y mobiliario comercial, hasta 15.000 €.
    11. Actuaciones derivadas de la implantación de la norma de calidad UNE 175001/1:
      1. Gastos derivados de auditorias y consultorías realizados por asesorías externas para obtener la certificación, hasta 1.000 €.
      2. Gastos derivados de la emisión del certificado de calidad, hasta 500 €.

  2. Empresas que no superen los 15 trabajadores ( incluyendo al empresario autónomo):

    1. Diseño de proyectos empresariales de gestión que estimulen y fomenten la innovación y su puesta en marcha, hasta 30.000 €.
    2. Desarrollo de programas de análisis e incorporación de innovaciones (benchmarking), hasta 30.000 €.
    3. Apertura de nuevos centros en grandes establecimientos comerciales, manteniendo los existentes, hasta 30.000 €.

  3. Empresas que no superen los 25 trabajadores ( incluyendo al empresario autónomo):
    1. Estudios de mercado sobre la idoneidad de la apertura del segundo y posterior punto de venta en la misma localidad, hasta 30.000 €.
    2. Estudios de mercado sobre la idoneidad de extender la ampliación a otras localidades y/o estudios de mercado relativos a proyectos de diversificación en nuevos segmentos del mercado, hasta 30.000 €.

  4. Actuaciones derivadas de la implantación de la norma de calidad UNE 175001/1.
    1. Gastos derivados de auditorias y consultorías realizados por asesorías externas para obtener la certificación, hasta 1.000 €.
    2. Gastos derivados de la emisión del certificado de calidad, hasta 500 €.

  5. Fomento de la transferencia horizontal entre empresas innovadoras y comerciantes andaluces.
  6. Cambio o ampliación a nuevas actividades comerciales.
  7. Apertura de un segundo o posterior punto de venta, manteniendo el preexistente.
  8. Diseño de planes estratégicos orientados al crecimiento de las pymes comerciales.
  9. Inversiones destinadas a transformar un establecimiento comercial polivalente en u especializado.
  10. Inversiones destinadas a que los establecimientos especializados puedan ofrecer una gama más estrecha y profunda de productos.
  11. Articulación de estrategias de venta basadas en la diferenciación de servicios ofrecidos al consumidor.
  12. Adecuación física de las pymes comerciales derivadas de su conversión a franquiciadora.
  13. Apoyo a la pymes comerciales en municipios con menos de 5.000 habitantes:
    1. Acondicionamiento y optimización de la imagen de los comercios.
    2. Implantación de nuevas técnicas de venta.
    3. Adopción de dinámicas de multiservicios.
    4. Diversificación de la oferta comercial fomentando los productos autóctonos.
    5. Desarrollo de actividades dirigidas a fomentar la calidad de las pymes.

CRITERIOS DE VALORACIÓN Y REQUISITOS

  • Estar inscrito en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales. http://www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte/cFormularioCategoria.do?idcategoria=17&tipo=4#

  • Generales (50% de la puntuación total):
    • Grado de cumplimiento de las anteriores subvenciones concedidas en materia de comercio y/o artesanía, hasta un 10%.
    • Viabilidad técnica, económica y financiera, hasta un 10%.
    • Coherencia del proyecto, evaluando la memoria descriptiva de la actividad, hasta un 10%.
    • Adopción de medidas que mejoren la accesibilidad, hasta un 10%.
    • Utilización de nuevas tecnologías para ejecutar proyecto, hasta un 5%.
    • Grado de compromiso medioambiental, hasta un 5%.

  • Específicos (50% de la puntuación total):
    • Tener establecimiento en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
    • Que la actividad principal esté incluida en los epígrafes descritos en el anexo I, y que cuenten, al menos, con dos años de antigüedad.
    • Los proyectos no podrán estar iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
    • El proyecto subvencionado tendrá que realizarse en un plazo de tres meses, como máximo, después de recibir la notificación de la resolución favorable.
    • No haber obtenido de esta Consejería subvenciones o ayudas para las mismas actuaciones subvencionables, en los dos ejercicios anteriores.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

El impreso de solicitud se podrá cumplimentar directamente en la página web.

Deberá ir acompañado de la documentación, por duplicado, que se señala a continuación:

  1. En el caso de personas físicas, DNI del solicitante.
  2. En el caso de personas jurídicas: escritura de constitución, tarjeta del CIF, así como DNI y escritura de poder del representante.
  3. Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en alguno de los epígrafes relacionados en el anexo o declaración Censal de Inicio de Actividad, si está exento de este impuesto.
  4. En el caso de tener trabajadores contratados, documentación acreditativa del total de los mismos (Boletín de cotización a la Seguridad Social TC1 y TC2 del mes anterior a la presentación de la solicitud, o en su caso, alta en el Régimen de Autónomos).
  5. Cifra de facturación y balance general anual a 31 de diciembre de 2007.
  6. Memoria descriptiva de la actividad indicando objetivos, acciones, método de trabajo, calendario del programa y fecha de realización de las actividades.
  7. Presupuesto desglosado con la relación de gastos e ingresos previstos para la realización del proyecto y las cantidades otorgadas por otras entidades para su financiación.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá del 1 al 31 de enero de 2008.

Se presentarán en el Registro de la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, situado en la Cl. Jacintos, 4, Ed. Tamarindos, de Cádiz.

ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
Orden de 27 de noviembre de 2007 (BOJA 243, de 12 de diciembre de 2007)
Orden de 9 de noviembre de 2006 (BOJA 239, de 13 de diciembre de 2006)

 

ANEXO I

EPÍGRAFES DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS SUBVENCIONABLES.

Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes. Excepto Grupo 646: Comercio al por menor de labores de tabaco y artículos de fumador.

Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.

Excepto:

Grupo 652.1: Farmacias. Comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal.

Grupo 654: Comercio al por menor de vehículos terrestres, aeronaves y embarcaciones y de maquinaria, accesorios y piezas de recambio.

Grupo 655: Comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes.

Grupo 656: Comercio al por menor de bienes usados, tales como muebles, prendas, y enseres ordinarios de uso doméstico.

Grupo 659.1: Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas, obras de arte, etc.

Grupo 659.3: Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos.

Grupo 659.5: Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.

Grupo 659.8: Comercio al por menor denominado "sex-shop".

Agrupación 66: Comercio mixto o integrado...

Excepto:

Grupo 663: Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).

Grupo 664: Comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos.

Grupo 665: Comercio al por menor por correo y catálogo de productos diversos.

Rev.: 9
Fecha: 01/02/2008
Nombre: MODERNIZACION PEQUEÑO COMERCIO.doc

 Consultas Off-line
Entre y le resolvemos cualquier duda de su proyecto empresarial.
Entrar
 Cálculo de Tributos
Conozca las licencias municipales necesarias para su negocio.
Pulse para ir al tributo seleccionado
 Simulador Empresarial
Compruebe si su idea empresarial es viable.