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LEY DE INCENTIVOS REGIONALES.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Proyectos para zonas de promoción económica de Andalucía,
en la que está incluida Jerez de la Frontera, en los siguientes
sectores:
- Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción
que incluyan tecnología avanzada, presten atención
a las mejoras ambientales y supongan una mejora significativa
en la calidad o innovación de proceso o producto y, en
especial, los que favorezcan la introducción de las nuevas
tecnologías y prestación de servicios en los subsectores
de las tecnologías de la información y las comunicaciones
y los que mejoren significativamente las estructuras comerciales.
-
Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias
de ocio que posean carácter innovador especialmente en
lo relativo a las mejoras medioambientales y y que mejoren significativamente
el potencial endógeno de la zona.
La inversión no debe haberse iniciado antes del momento
en que el órgano competente de la comunidad autónoma
haya confirmado por escrito al solicitante que el proyecto es susceptible
de ser elegible. Se requiere autofinanciación como mínimo
del 30%.
CUANTÍA Y TIPO DE AYUDAS
El porcentaje máximo de subvención será del
40% sobre la inversión aprobada a fondo perdido para la materialización
de la inversión (30% a partir de 1 de enero de 2011), Serán
proyectos promocionables:
- Proyectos de creación de nuevos establecimientos (inversión
aprobada de al menos 600.000 €, siempre que generen empleo)
- Proyectos de ampliación (inversión significativa
en relación con el inmovilizado material del establecimiento
y superior a 600.000 €, que incremente la capacidad productiva
y genere nuevo empleo)
- Proyectos de modernización (inversión significativa
en relación con el inmovilizado material del establecimiento
y superior a 600.000 €, que implique la adquisición
de maquinaria tecnológicamente avanzada de incremente sensiblemente
la capacidad productiva, diversifique la producción para
atender nuevos mercados y mantenga los puestos de empleo existentes)
Podrán incentivarse los siguientes conceptos de inversión:
- Obra civil entre las que se encuentran incluidas las traídas
y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores
del proyecto, oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios
del personal.
- Bienes de equipo en maquinaria de proceso, servicios de electricidad,
generadores térmicos...
- Otras inversiones en activos fijos materiales.
- Estudios previos del proyecto (planificación, ingeniería
de proyecto, dirección facultativa)
- Otros conceptos, excepcionalmente.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
- Documentación acreditativa de las circunstancias personales
del solicitante, de las registrales si se trata de una Sociedad
constituida y, si estuviera en proyecto, de las previstas, así
como las del promotor que actúa en su nombre.
- Memoria del proyecto de inversión a efectuar.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
Actualmente en vigor. El plazo de vigencia finalizará el
31 de diciembre de 2013.
El impreso de solicitud se puede descargar de la página web
www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa
Las solicitudes se pueden presentar en las oficinas del Consorcio
de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico
de Jerez de la Frontera situadas en: Cl. Diego Fernández
Herrera, s/n (Jerez) y Calle Cristina, 3 (La Barca de la Florida).
También se pueden presentar en el Registro de la Delegación
Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia
y Empresa, situada en la Pz. Asdrúbal s/n de Cádiz.
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL
Ministerio de Economía y Hacienda. Real
Decreto 899/2007, de 6 de julio por el que se aprueba el Reglamento
de los Incentivos Regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de
27 de diciembre.
Real
Decreto 162/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la
zona de promoción económica de Andalucía.
Rev.: 7
Fecha: 01/04/2008
Nombre: LIR.doc
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