LEY DE INCENTIVOS REGIONALES.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Proyectos para zonas de promoción económica de Andalucía, en la que está incluida Jerez de la Frontera, en los siguientes sectores:

  1. Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción que incluyan tecnología avanzada, presten atención a las mejoras ambientales y supongan una mejora significativa en la calidad o innovación de proceso o producto y, en especial, los que favorezcan la introducción de las nuevas tecnologías y prestación de servicios en los subsectores de las tecnologías de la información y las comunicaciones y los que mejoren significativamente las estructuras comerciales.

  2. Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio que posean carácter innovador especialmente en lo relativo a las mejoras medioambientales y y que mejoren significativamente el potencial endógeno de la zona.

La inversión no debe haberse iniciado antes del momento en que el órgano competente de la comunidad autónoma haya confirmado por escrito al solicitante que el proyecto es susceptible de ser elegible. Se requiere autofinanciación como mínimo del 30%.

CUANTÍA Y TIPO DE AYUDAS

El porcentaje máximo de subvención será del 40% sobre la inversión aprobada a fondo perdido para la materialización de la inversión (30% a partir de 1 de enero de 2011), Serán proyectos promocionables:

  1. Proyectos de creación de nuevos establecimientos (inversión aprobada de al menos 600.000 €, siempre que generen empleo)

  2. Proyectos de ampliación (inversión significativa en relación con el inmovilizado material del establecimiento y superior a 600.000 €, que incremente la capacidad productiva y genere nuevo empleo)

  3. Proyectos de modernización (inversión significativa en relación con el inmovilizado material del establecimiento y superior a 600.000 €, que implique la adquisición de maquinaria tecnológicamente avanzada de incremente sensiblemente la capacidad productiva, diversifique la producción para atender nuevos mercados y mantenga los puestos de empleo existentes)

Podrán incentivarse los siguientes conceptos de inversión:

  • Obra civil entre las que se encuentran incluidas las traídas y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores del proyecto, oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal.
  • Bienes de equipo en maquinaria de proceso, servicios de electricidad, generadores térmicos...
  • Otras inversiones en activos fijos materiales.
  • Estudios previos del proyecto (planificación, ingeniería de proyecto, dirección facultativa)
  • Otros conceptos, excepcionalmente.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
  • Documentación acreditativa de las circunstancias personales del solicitante, de las registrales si se trata de una Sociedad constituida y, si estuviera en proyecto, de las previstas, así como las del promotor que actúa en su nombre.
  • Memoria del proyecto de inversión a efectuar.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

Actualmente en vigor. El plazo de vigencia finalizará el 31 de diciembre de 2013.
El impreso de solicitud se puede descargar de la página web
www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa

Las solicitudes se pueden presentar en las oficinas del Consorcio de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico de Jerez de la Frontera situadas en: Cl. Diego Fernández Herrera, s/n (Jerez) y Calle Cristina, 3 (La Barca de la Florida).

También se pueden presentar en el Registro de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, situada en la Pz. Asdrúbal s/n de Cádiz.

ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL

Ministerio de Economía y Hacienda. Real Decreto 899/2007, de 6 de julio por el que se aprueba el Reglamento de los Incentivos Regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.

Real Decreto 162/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de Andalucía.

Rev.: 7
Fecha: 01/04/2008
Nombre: LIR.doc

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