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CONVENIO PYME
AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA
¿EN QUÉ CONSISTE LA AYUDA?
Facilitar acceso a la financiación externa a Pymes en condiciones
más favorables: tipo de interés, plazo y comisiones.
¿QUIEN LO PUEDE SOLICITAR?
Pymes, excepto Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes, pertenecientes
a los siguientes sectores:
- Industrial, minero, turístico o comercial.
- Servicios a la industria.
- Servicios Sociales.
- Nuevas Tecnologías de la información y las comunicaciones.
Empresas de Economía Social: Autónomos, Cooperativas,
SLL y SAL.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
- Cuantía máxima: el 75% de la inversión
subvencionable y hasta 2.500.000 €.
- Tipos de interés máximos:
Interés fijo:
Préstamos:
Operaciones
con plazo menor o igual a 5 años: 4,05%.
Operaciones
con plazo mayor de 5 años y menor o igual a 7: 4,25%.
Operaciones
con plazo mayor de 7 años y menor o igual a 10: 4,45%.
Leasing mobiliario: 4,45%.
Interés variable:
Préstamos: EURIBOR
+1,25%.
Leasing mobiliario: EURIBOR
+ 1,50%.
- Plazo máximo: 10 años para los préstamos
y 7 años para los leasing.
- Plazo carencia: máximo 2 años
- Comisiones: sólo de apertura.
Operaciones a interés fijo:
Para plazo de hasta 5 años
inclusive: 0,5%.
Para plazo superior a 5 años:
0,75%.
Operaciones a interés variable:
Para plazo de hasta 5 años
inclusive: 1%.
Para plazo superior a 5 años:
1,25%.
REQUISITOS
- Para nueva creación, ampliación o para lanzamiento
de una nueva actividad.
- Solicitud de la ayuda previa a la formalización de la
operación financiera.
- Proyectos no iniciados antes de solicitar la ayuda.
- Mantener las inversiones realizadas al menos durante cinco años.
- Comunicar a la Agencia de Innovación, las cancelaciones
o amortizaciones anticipadas que se produzcan.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
- Ante la Administración: impreso de solicitud debidamente
cumplimentado acompañado de la siguiente documentación,
por duplicado:
- Memoria descriptiva de la empresa y del proyecto, así
como facturas proforma de las inversiones a realizar.
- Fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad.
- Fotocopia del DNI del firmante de la solicitud y de la tarjeta
del CIF o NIF del solicitante.
- Fotocopia de la Declaración Censal de Inicio de Actividad
(Modelo 036), o, en su caso, del Alta en el Impuesto de Actividades
Económicas (IAE).
- Certificado de Vida Laboral y tarjeta de demanda de empleo
para los desempleados que se constituyan en trabajadores autónomos.
- Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía
para las empresas del sector turístico.
- Ante la Entidad Financiera: impreso de solicitud y la
documentación que indique para cada caso la Entidad financiera.
RESOLUCIÓN
- De la entidad financiera: la Entidad Financiera procederá
a aprobar o denegar la operación, en un plazo de treinta
días, contados a partir de la recepción de la documentación
completa. La resolución adoptada será comunicada
a la Gerencia Provincial de la Agencia de Innovación y
Desarrollo.
- De la Administración: la Agencia de Innovación
procederá a aprobar o denegar la operación y se
lo notificará al beneficiario.
- Acta: la Agencia de Innovación y la Entidad Financiera,
formalizarán la operación y la concesión
de la subvención.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
Actualmente en vigor.
Descarga de impresos en: http://www.ifa.es/es/ayudas/mas_info/impsol.htm
Presentación: Gerencia Provincial de la Agencia de Innovación
y Desarrollo de Andalucía (Alameda Apodaca, 20 - Cádiz)
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL
Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. Agencia
de Innovación y Desarrollo de Andalucía. Acuerdo
de 22 de julio de 2003 (BOJA 149 de 5 de agosto).
Rev.: 8
Fecha: 07/02/2005
Nombre: CONVENIO PYME.doc
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