CONVENIO PYME
AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA

¿EN QUÉ CONSISTE LA AYUDA?

Facilitar acceso a la financiación externa a Pymes en condiciones más favorables: tipo de interés, plazo y comisiones.

¿QUIEN LO PUEDE SOLICITAR?

Pymes, excepto Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes, pertenecientes a los siguientes sectores:

  • Industrial, minero, turístico o comercial.
  • Servicios a la industria.
  • Servicios Sociales.
  • Nuevas Tecnologías de la información y las comunicaciones.

Empresas de Economía Social: Autónomos, Cooperativas, SLL y SAL.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

  • Cuantía máxima: el 75% de la inversión subvencionable y hasta 2.500.000 €.
  • Tipos de interés máximos:
    Interés fijo:
          Préstamos:
              Operaciones con plazo menor o igual a 5 años: 4,05%.
              Operaciones con plazo mayor de 5 años y menor o igual a 7: 4,25%.
              Operaciones con plazo mayor de 7 años y menor o igual a 10: 4,45%.
          Leasing mobiliario: 4,45%.
    Interés variable:
          Préstamos: EURIBOR +1,25%.
          Leasing mobiliario: EURIBOR + 1,50%.
  • Plazo máximo: 10 años para los préstamos y 7 años para los leasing.
  • Plazo carencia: máximo 2 años
  • Comisiones: sólo de apertura.
    Operaciones a interés fijo:
          Para plazo de hasta 5 años inclusive: 0,5%.
          Para plazo superior a 5 años: 0,75%.
    Operaciones a interés variable:
          Para plazo de hasta 5 años inclusive: 1%.
          Para plazo superior a 5 años: 1,25%.

REQUISITOS

  • Para nueva creación, ampliación o para lanzamiento de una nueva actividad.
  • Solicitud de la ayuda previa a la formalización de la operación financiera.
  • Proyectos no iniciados antes de solicitar la ayuda.
  • Mantener las inversiones realizadas al menos durante cinco años.
  • Comunicar a la Agencia de Innovación, las cancelaciones o amortizaciones anticipadas que se produzcan.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

  1. Ante la Administración: impreso de solicitud debidamente cumplimentado acompañado de la siguiente documentación, por duplicado:

    • Memoria descriptiva de la empresa y del proyecto, así como facturas proforma de las inversiones a realizar.
    • Fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad.
    • Fotocopia del DNI del firmante de la solicitud y de la tarjeta del CIF o NIF del solicitante.
    • Fotocopia de la Declaración Censal de Inicio de Actividad (Modelo 036), o, en su caso, del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
    • Certificado de Vida Laboral y tarjeta de demanda de empleo para los desempleados que se constituyan en trabajadores autónomos.
    • Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía para las empresas del sector turístico.

  2. Ante la Entidad Financiera: impreso de solicitud y la documentación que indique para cada caso la Entidad financiera.

RESOLUCIÓN

  1. De la entidad financiera: la Entidad Financiera procederá a aprobar o denegar la operación, en un plazo de treinta días, contados a partir de la recepción de la documentación completa. La resolución adoptada será comunicada a la Gerencia Provincial de la Agencia de Innovación y Desarrollo.
  2. De la Administración: la Agencia de Innovación procederá a aprobar o denegar la operación y se lo notificará al beneficiario.
  3. Acta: la Agencia de Innovación y la Entidad Financiera, formalizarán la operación y la concesión de la subvención.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

Actualmente en vigor.
Descarga de impresos en: http://www.ifa.es/es/ayudas/mas_info/impsol.htm
Presentación: Gerencia Provincial de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Alameda Apodaca, 20 - Cádiz)

ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía. Acuerdo de 22 de julio de 2003 (BOJA 149 de 5 de agosto).

Rev.: 8
Fecha: 07/02/2005
Nombre: CONVENIO PYME.doc

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