AYUDAS A EMPRESAS DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN QUE REALICEN PROYECTOS E INVERSIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

¿QUIEN LAS PUEDE SOLICITAR?

Microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME)1 pertenecientes al sector de la construcción que realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales.

BENEFICIARIOS POR MODALIDADES

A nivel general, las personas físicas o jurídicas que tengan legalmente constituidas empresas radicadas en Andalucía y que ocupen trabajadores por cuenta ajena.

Para Modalidades 1, 2 y 3: Microempresas y pequeñas empresas del sector de la construcción encuadradas en algunas de las actividades económicas del CNAE-932 abajo indicadas. Para Modalidad 4: Microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) del sector de la construcción, encuadradas en algunas de las actividades económicas del CNAE-93.

MODALIDADES DE PROYECTOS

  • Modalidad 1 (M1): Proyectos dirigidos al establecimiento de la estructura preventiva especializada de la empresa y a facilitar el cumplimiento de la normativa PRL.
  • Modalidad 2 (M2): Proyectos que contemplen inversiones para la sustitución de andamios de trabajo, antiguos o defectuosos, por sistemas de andamios modulares.
  • Modalidad 3 (M3): Proyectos destinados a la adquisición y renovación de equipos y maquinaria auxiliar de obra.
  • Modalidad 4 (M4): Proyectos innovadores de diseño y desarrollo de protecciones colectivas y métodos de trabajo seguros para la prevención de accidentes en trabajos de altura y de atrapamiento en zanja, así como de intercambio de buenas prácticas.

El importe de la ayuda a conceder no podrá exceder de lo fijado en la siguiente tabla:

 MODALIDAD
CUANTÍA MÁXIMA
 PORCENTAJE
PLAZO EJECUCIÓN PROYECTOS
M1
6.000 Euros
40%
12 meses
M2
18.000 Euros
45%
6 meses
M3
18.000 Euros
45%
6 meses
M4
18.000 Euros
50%
12 meses

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

MODALIDAD 1
  • Elaboración de Programas de actuación específicos en Prevención de Riesgos Laborales.
  • Diseño, implantación y certificación de Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud Laboral.
  • Implantación del Plan de PRL y primer establecimiento de Servicios de Prevención Mancomunados.
  • Formación especializada preventiva que facilite la designación y desarrollo de las competencias de delegados PRL
  • Realización de auditorías y diagnósticos preventivos y Desarrollo de planes de formación específica para los trabajadores adaptados al puesto de trabajo.
  • Asesoramiento para la realización de estudios de adecuación de equipos de trabajo.
  • Realización de estudios ergonómicos y psicosociales.
MODALIDAD 2
  • Sustitución de andamios de trabajo antiguos o defectuosos por sistemas de andamios modulares
MODALIDAD 3
  • Costes de adquisición y renovación de equipos y maquinaria auxiliar de obra (sistemas y equipos para la entibación de zanjas, andamios motorizados, cuadro eléctricos móviles, pequeñas hormigoneras, sierras circular de mesa, cortadoras de material cerámico, y pequeños equipos para la elevación de cargas), que cumplan con los requisitos y directrices del Reglamento Electrónico de Baja Tensión y las disposiciones mínimas de seguridad para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
MODALIDAD 4
  • Gastos externos asociados a proyectos de I+D+I dirigidos a la reducción de accidentes y a la mejora de las condiciones de trabajo.
  • Gastos de asistencia técnica de Servicios de Prevención Ajenos y de entidades especializadas, asociados al desarrollo de proyectos innovadores que se orienten al control de riesgos en trabajos de altura y en zanjas.
  • Gastos de contratación de Técnicos Superiores e Intermedios de Prevención o de Técnicos Superiores de PR Profesionales para el desarrollo de proyectos innovadores de buenas prácticas preventivas.
  • Gastos de infraestructura, instalaciones y bienes de equipo necesarios para el desarrollo de proyectos de I+D+I y de buenas prácticas preventivas.
  • Otros gastos: Actividades de acceso a la información de buenas prácticas en materia de seguridad y salud, campañas de información-sensibilización y fomento de la participación de los trabajadores y/o de sus representantes en el ámbito de la prevención, desarrollo de redes de micro y pequeñas empresas que compartan experiencias preventivas o gastos de difusión de buenas prácticas preventivas

REQUISITOS

  • Los proyectos deben estar integrados en la actividad preventiva de la empresa, por lo que estas deben acreditar que disponen de un sistema de organización y gestión de la prevención.
  • Se considerarán actividades o proyectos subvencionables en las modalidades 2 y 3 los iniciados a partir de la fecha de solicitud. Los proyectos de Modalidad 1 y 4 podrán estar iniciados a la fecha de solicitud, si bien sólo serán subvencionables las actividades y gastos realizados con posterioridad a la fecha de la solicitud de la subvención

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Impreso de solicitud por cada proyecto y por duplicado, acompañado de la documentación que se especifica en el punto 3 de dicha solicitud y una Memoria descriptiva del proyecto.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

Hasta el 11 de julio de 2008. Las solicitudes se presentarán en el Registro de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Empleo y de las Unidades Territoriales de Empleo, situadas en: C/ Diego Fernández Herrera, s/n (Jerez) y Calle Cristina, 3 (La Barca de la Florida) o telemáticamente siempre que se disponga de certificado digital.

ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL

Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía.
Orden de 18 de abril de 2008 (BOJA 93 de 12 de mayo).
Orden de 8 de mayo de 2007 (BOJA 106 de 5 de Junio de 2006). Bases.

    • Microempresa: ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocio anual o cuyo balance anual no supera los 2 millones de €.
    • Pequeña empresa: ocupa menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general no excede de 10 millones de €.
    • Microempresa, pequeña y mediana empresa (PYME): esta categoría está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
    • Preparación de obras (01) y Construcción general de inmuebles y obras de ingeniería civil (02).
    • Instalaciones de edificios y obras (03) y Acabado de edificios y obras (04).
    • Alquiler de equipo de construcción o demolición dotado de operario (05).

Rev.: 2
Fecha: 26/05/2008
Nombre: AYUDAS PRL SECTOR CONSTRUCCION.doc

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