AYUDAS PARA ACTUACIONES DE REINDUSTRIALIZACIÓN

¿QUIEN LA PUEDE SOLICITAR?

Empresas y asociaciones de empresas públicas y privadas que desarrollen una actividad productiva de carácter industrial, y que estén relacionadas con:

  • Las iniciativas industriales que generen empleo y que promuevan el desarrollo del sector productivo empresarial.
  • La creación de un nuevo establecimiento industrial, ampliación de un establecimiento existente, lanzamiento de una nueva actividad que implique un cambio fundamental en el producto o en el procedimiento de producción de un establecimiento existente.
  • La creación de nuevas actividades industriales en la zona que supongan un fortalecimiento y diversificación de la estructura industrial.
  • El aprovechamiento de las capacidades y potencialidades de la zona, que produzcan una dinamización de la economía local.
  • El desarrollo de empresas de sectores que incorporen procesos de elevado contenido tecnológico.
  • Instalación y ampliación de industrias de sectores emergentes.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

Préstamos reembolsables sin intereses de hasta el 50% de la inversión en activos fijos (terrenos, edificios y equipamiento, especialmente bienes de equipo nuevos y procesos con alto contenido tecnológico) y gastos de adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y no patentados. Préstamo a 15 años, con 5 de carencia y 10 de amortización.

REQUISITOS

  • La aportación mínima del beneficiario será del 25% de la inversión libre de toda ayuda.
  • Las inversiones objeto de la ayuda deberán mantenerse al menos durante cinco años.
  • Las inversiones y los gastos, o compromisos de gastos previstos, objeto de las ayudas, deberán realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.
  • Con carácter previo al pago, se deberá presentar el resguardo de constitución de una garantía ante la Caja General de Depósitos.
  • Estar al corriente con las obligaciones fiscales y la Seguridad Social.
  • La solicitud de ayuda se debe presentar antes de la realización del proyecto.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Impreso de solicitud.
  • NIF de la persona física o jurídica solicitante.
  • Cuestionario electrónico.
  • Memoria del proyecto de actuación en formato electrónico.
  • Declaración de si la empresa solicitante está en periodo de reestructuración.
  • Acreditación válida del poder del firmante de la solicitud.

REEMBOLSO DE LOS PRÉSTAMOS

Se realizará en anualidades de idéntica cuantía, venciendo la primera, como máximo, al quinto año, a partir del de su concesión. El número de anualidades sin contar el periodo de carencia anterior, será como máximo de diez.

Las cantidades a reembolsar por los beneficiarios de los préstamos tendrán la consideración de deudas no tributarias de derecho público y se ingresarán directamente en el Tesoro Público.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

El plazo de solicitud es del 15 de diciembre de 2006 al 31 de enero de 2007.
Las solicitudes y el cuestionario electrónico, estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en la dirección de internet del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. http://www.mityc.es/ReindusGeneral

Alternativamente, el original de la solicitud telemática podrá presentarse en el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, situado en Paseo de la Castellana 160, 28071-Madrid, Telf.: 902446006.

ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Resolución de 27 de noviembre (BOE 298, de 14 de diciembre de 2006)
Orden ITC/3098/2006 (BOE 242, de 10 de octubre de 2006).

Rev.: 0
Fecha: 01/02/2007
Nombre: REINDUSTRIALIZACION.doc

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