Bases y Tipos de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social 2008

BASES DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES.

 Grupo de Cotización
 Categorías Profesiones
 Bases
mínimas
Euros/día
 Bases
máximas
Euros/día
1
Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores
977,40
3.074,10
2
Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados
810,90
3.074,10
3
Jefes Administrativos y de taller
705,30
3.074,10
4
Ayudantes no Titulados
699,90
3.074,10
5
Oficiales Administrativos
699,90
3.074,10
6
Subalternos
699,90
3.074,10
7
Auxiliares Administrativos
699,90
3.074,10
8
Oficiales de primera y segunda
23,33
102,47
9
Oficiales de tercera y Especialistas
23,33
102,47
10
Peones
23,33
102,47
11
Trabajadores menores de dieciocho años
23,33
102,47

TIPOS DE COTIZACIÓN (%).

CONTINGENCIAS
EMPRESA
TRABAJADORES
TOTAL

1.-C.Comunes
2.-H.E.F. Mayor
3.-Resto H.E.
4.-Desempleo:

    Tipo General
    C.d.d. T. Compl.
    C.d.d. T. Parcial

5.-FOGASA
6.-Form.Prof.

23,60
12,00
23,60

5,75*
6,70
7,70

0,20
0,60
4,70
2,00
4,70

1,55*
1,60
1,60


0,10
28,30
14,00
28,30

7,30*
8,30
9,30

0,20
0,70

OBSERVACIONES

H.E.F. Mayor = Horas Extraordinarias por Fuerza Mayor
C.d.d. = Contrato de duración determinada

* A partir de 1 de julio de 2008 el tipo de cotización para la contingencia de desempleo establecido en el párrafo anterior será el 7,05 por 100, del que el 5,50 por 100 será a cargo del empresario y el 1,55 por 100 a cargo del trabajador.

TOPES COTIZACIÓN DE A.T. (ACCIDENTE DE TRABAJO) Y E.P. (ENFERMEDAD PROFESIONAL).

MÁXIMO
 MÍNIMO
3.074,10
699,90

Para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se aplicarán los tipos de la tarifa de primas establecida en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2007, en la redacción dada por la disposición final decimocuarta de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de presupuestos Generales del Estado para el año 2008, siendo a cargo exclusivo de la empresa.

COTIZACIÓN EN LOS CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN
CONTINGENCIAS COMUNES
 CONTINGENCIAS PROFESIONALES
FOGASA
FORMACIÓN EMPRESARIAL
 Empresa
Trabajador
Total
 Empresa
Empresa
Empresa
Trabajador
28,93 €/mes
5,76
€/mes
34,69
€/mes
3,98
€/mes
2,21
€/mes
1,06
€/mes
0,15
€/mes

COTIZACIÓN DURANTE LAS SITUACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL, RIESGO DURANTE EL EMBARAZO Y MATERNIDAD.

Cotización por contingencias comunes:

  • La base de cotización aplicable para las contingencias comunes será la correspondiente al mes anterior al de la fecha de la incapacidad, situación de riesgos durante el embarazo o del inicio del disfrute de los períodos de descanso por maternidad.

Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales:

  • Mientras el trabajador se encuentre en situación de IT, riesgo durante el embarazo o maternidad, las empresas aplicarán los tipos que se detallan a continuación, cualquiera que sea la categoría profesional y la actividad del trabajador:
Tipos de cotización
IT
IMS
Total
0.30
0.80
1.10

COTIZACIÓN EN LA SITUACIÓN DE PLURIEMPLEO:

Cotización por contingencias comunes:

  • El tope máximo de las bases de cotización se distribuirá entre todas las empresas en proporción a la remuneración abonada al trabajador en cada una de ellas.

  • Cada una de las empresas cotizará por los conceptos retributivos computables que satisfaga al trabajador, con el límite que corresponda a la fracción del tope máximo que se le asigne.

  • La base mínima se distribuirá entre las distintas empresas y será aplicada para cada una de ellas en forma análoga a la señalada para el tope máximo.

Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales:

  • El tope máximo de las bases de cotización se distribuirá entre todas las empresas en proporción a la remuneración abonada al trabajador en cada una de ellas.

  • El tope mínimo de cotización se distribuirá entre las distintas empresas y será aplicado para cada una de ellas, de forma análoga a la señalada por el tope máximo.

  • La base de cotización será para cada empresa la que resulte conforme a las normas generales, con los límites que se le hayan asignado según las normas anteriores.

COTIZACIÓN EN LOS SUPUESTOS DE CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL.

BASE MÍNIMA/HORA
 GRUPO COTIZACIÓN
5.89 €
1
4,88 €
2
4,25 €
3
4,22 €
4 a 11

COTIZACIÓN EN LOS SUPUESTOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL, RIESGO DURANTE EL EMBARAZO Y MATERNIDAD EN LOS CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL:

Durante las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y maternidad, la base diaria de cotización será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas en la empresa durante los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha del hacho causante entre el número de días efectivamente trabajados:

COTIZACIÓN EN LA SITUACIÓN DE PLURIEMPLEO EN LOS CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL:

Cuando el trabajador preste sus servicios en dos o más empresas en régimen de contratación a tiempo parcial, cada una de ella cotizará en razón de la remuneración que le abone. Si la suma de las retribuciones percibidas sobrepasa el tope máximo de cotización, éste se distribuirá en proporción a las abonadas al trabajador en cada una de las empresas.

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL

IMPORTES
DIARIO
MENSUAL
ANUAL
20,00 €
600,00 €
8.400,00 €

NORMATIVA APLICABLE Y ORGANISMO RESPONSABLE.

LEY 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

REAL DECRETO 1763/2007, de 28 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2008.

ORDEN TAS/76/2008, de 22 de enero, por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, contenidas en la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

Secretaría de Estado de la Seguridad Social , perteneciente al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales . www.seg-social.es .

Rev.: 0
Fecha: 04/02/2008
Nombre: BASES DE COTIZACION RGSS.doc

 Consultas Off-line
Entre y le resolvemos cualquier duda de su proyecto empresarial.
Entrar
 Cálculo de Tributos
Conozca las licencias municipales necesarias para su negocio.
Pulse para ir al tributo seleccionado
 Simulador Empresarial
Compruebe si su idea empresarial es viable.